Respuestas a solicitudes de acceso a información pública ley 18381

16/06/2017 - EXPEDIENTES 

EX17000724 – EX17000726 - EX17000727 – EX17000728
 

UTE recibió el día 7 de febrero del corriente año, al amparo de la Ley 18.381 de Acceso a la Información Pública, un pedido de información relativo a:

  1. - Misiones al exterior de integrantes del Directorio 2010 a 2015
  2. - Donaciones realizadas período 2010 a 2015
  3. - Publicidad período marzo/2010 a febrero/2017
  4. - Gastos realizados mediante el uso de tarjetas de crédito empresarial, período mayo/2010 a febrero/2017

Reunida toda la información requerida, y conjuntamente con la respuesta al petitorio recibido, el Directorio de UTE dispuso su publicación como forma de que cualquier ciudadano pueda acceder a dicha información, asegurando de esa manera la más absoluta transparencia en el manejo de la misma.
Corresponde señalar que todas las actividades, inversiones y gastos sobre los que se informa están regulados por el marco normativo que el propio Ente ha establecido desde hace años a través de distintas resoluciones y han pasado por el contralor de legalidad del Tribunal de Cuentas de la República, como se establece en la Sección XIII de la Constitución de la República.

En lo que refiere al último ítem considerado (gastos mediante tarjetas de crédito empresarial) informamos que la Gerencia Económica Financiera, en acuerdo con la Gerencia General dispuso la utilización de las tarjetas a partir de 2010 por entender que importa una serie de beneficios, entre otros contar con un instrumento de pago en todo momento, atender imprevistos y reducir el uso de efectivo, a través de un mecanismo que cuenta con aceptación nacional e internacional conforme lo establece la ley 19.934.

Las tarjetas de crédito empresariales son utilizadas con el destino de cubrir gastos de hospedaje, alimentación e imprevistos debidamente justificados e incluidos en las previsiones de la reglamentación vigente.

Cabe agregar que todos los funcionarios de UTE – incluidos los directores- reciben viáticos por alimentación y hospedaje cuando corresponde, de acuerdo a la normativa vigente.