Comprobante electrónico

 

COMPROBANTES ELECTRÓNICOS - Requisitos formales de la documentación que se deben cumplir, según la Resolución DGI 798/2012 y requisitos de UTE

 

Los COMPROBANTES ELECTRÓNICOS (CFE) que los proveedores deban emitir para UTE, deberán cumplir con los requisitos indicados a continuación:

 

 

  • Tipos de documentos electrónicos: e-Factura; e-Ticket; Nota de Crédito de e-Factura; Nota de Crédito de e-Ticket; Nota de Débito de e-Factura; Nota de Débito de e-Ticket; e-Resguardo.
  • Las facturas de CONTINGENCIA: vienen en comprobantes papel.
  • Nombre o razón social de la empresa emisora.
  • Nombre comercial, cuando exista.
  • Domicilio fiscal de la empresa emisora.
  • Número de RUT de la empresa emisora.
  • Fecha de emisión.
  • Serie y número.
  • Forma de pago.
  • Fecha de vencimiento: solo en caso de que el CFE contenga el campo “vencimiento”, se recomienda Ver Pregunta frecuente 1.
  • Detalle de mercaderías o servicios, con indicación de cantidades físicas.
  • Precio unitario y final.
  • Impuesto discriminado cuando corresponda.
  • Referencia: cuando corresponda.
  • Constancia de estar al día con el IVA, si corresponde.
  • Sello digital y código de seguridad.
  • Número de CAE.
  • Rango autorizado.
  • Operaciones con contribuyentes identificados mediante RUT: cuadro mencionando RUT Comprador (es decir, el RUT de UTE: 210778720012).
  • Nombre y Domicilio del comprador: U.T.E. o ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE USINAS Y TRASMISIONES ELÉCTRICAS.

 

 

  • En el momento de presentar sus facturas, las mismas deben tener creada la hoja de entrada de servicio o recepción de material. Estos datos serán brindados por la unidad que lleva el contrato, y deberán estar informados en el comprobante.

 

Número de compra.
N° de recepción de material o de hoja de entrada de servicio según corresponda.

 

  • Se debe detallar el total del material entregado o del servicio prestado.
  • Cuando se trata de Facturas de ajuste, debe detallarse el número de la factura básica que se ajusta.
  • Cuando se emitan Notas de Crédito, debe detallarse el número de la factura básica que se anula.

 

Según el caso del cual se trate, además se requiere:

 

  • Para el caso de Servicios: se debe aclarar el período en que se prestó el servicio.
  • Para Suministros Materiales mediante la modalidad de Pedido contra Contrato Marco, deberán contar con la correspondiente recepción al momento de su entrega. Así mismo deberán emitir una sola factura por cada pedido y tendrán que entregar los remitos en la Unidad Administradora del Contrato.
  • Para el caso de facturas de Fleteros contratados deberán especificar: Tipo de Vehículo, Marca, Modelo, Matrícula y Año; mes del servicio.
  • Para facturas por Repuestos, Reparación y/o Mantenimiento de Vehículos, debe figurar: el número de matrícula del vehículo, el tipo de vehículo con el N° interno de UTE (C… - CM… - A… más el Número) y el detalle de la reparación.

 

  • Facturas por servicios de transporte terrestre de pasajeros (Decreto Art.15° del Decreto N° 405/003):

 

Deben documentarse en comprobantes de consumo final.
Bajo el régimen de facturación electrónica emitirán e-Tickets por este concepto.
Se comunica que sólo podrán ser recibidos y aceptados por el sistema de facturación electrónica los e-Tickets que se emitan con el número de RUT de UTE en el campo correspondiente.

 

  • Facturas por reintegro de peaje (Resoluciones DGI N° 10.197/018 / DGI N° 1122/019): La documentación que se emita para el traslado del gasto debe:

 

En el caso de que corresponda facturar reintegro de peajes, deben emitir una e-factura.
En régimen e-factura: incluir la leyenda “Pagos por cuenta de terceros” en el área de identificación del comprobante.
Discriminar el IVA en los casos en los que el gasto original esté gravado por IVA.

 

  • En caso de tener en el CFE el campo llamado ID Compra o Número de Compra se deberán establecer los siguientes datos:

 

En el caso de CFE por compras directas y licitaciones:

 

El número de hoja de servicio o recepción del material que contienen 10 dígitos numéricos.
Y en la Adenda, Número de Compra y cualquier otra aclaración.
Estos datos los proporcionan la unidad de contratación.

 

En el caso de CFE por fondos fijos: Número de fondo Fijo.
En el caso de CFE por cuentas de gastos: Cedula de Identidad de quien está realizando la compra.

 

Por mas información sobre el campo ID Compra o Número de Compra, se recomienda hacer Clic aquí

 

  • En caso de no contar con el campo llamado “ID Compra o Número de Compra, la información mencionada deberá estar contenida en la ADENDA. Estos datos los proporcionan la unidad que lleva la contratación.